“Vuelve Rctv” promesa de un delito
En días recientes se ha comenzado a correr la especia que si gana el candidato de la derecha, Henrique Capriles Radonski, el día 8 de octubre volverá al aire RCTV, por el canal 2 de señal abierta.
De ser cierto lo que prometen el candidato contrarrevolucionario, estaría comenzando muy mal, pues se estaría premiando la delincuencia mediática, se estaría legitimando que cualquiera podría hacer lo que quiera impunemente, se estaría arrodillando a la nación ante los dueños de los medios de comunicación.
Cabe recordar que la no renovación de la concesión a RCTV, no fue un capricho del gobierno como lo han querido hacer creer y que esta medida se ajustó al estamento legal vigente en todo el territorio nacional y es de obligatorio cumplimiento de todos los que habitamos en el. Lo Primero que hay que dejar claro es que desde la perspectiva de las telecomunicaciones televisivas lo que vincula al Estado con las empresas privadas prestadoras de ese servicio, “es un contrato de concesión”.
En ese sentido es de aclarar que a través de ese contrato se permite la utilización de una porción del espectro radio eléctrico, que de acuerdo a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, se concibe como un acto administrativo unilateral mediante la cual se otorga, o renueva por tiempo limitado la utilización y/o explotación del espectro.
Por otra parte, tratándose de un contrato, a la luz del ámbito jurídico, la forma de terminación de los contratos se produce:
1) Por la manifestación de voluntad, expresa del concesionario ( en el caso del canal 2, sería RCTV), que no es el caso preciso.
2) Por la Revocatoria, facultad que tiene el Estado de proceder a ello, cuando se generen los supuestos contemplados en el Artículo 17 de la “LOTEL”, tales como incumplir con el parámetro de calidad, cobertura, y eficiencia; no hacer uso efectivo de la concesión; inobservancia de las medidas cautelares aplicadas, utilización del espectro para la comisión de delitos, falsedad de información, entre otros. Este es igualmente un acto administrativo que no encuadra en la decisión tomada por el Ejecutivo.
3) La suspensión de la concesión, que se produce cuando se atenta contra los intereses de la nación, el orden público o la seguridad, sin embargo, tampoco es la suspensión la decisión que ha adoptado el gobierno bolivariano.
4)) Por la conclusión o vencimiento del contrato, es decir que la relación jurídica que vincula al estado con una empresa privada para la explotación de una porción del espectro radio eléctrico, venza en un término o plazo específico. Para RCTV, ese contrato suscrito concluye, expira, el día 27 de Mayo del presente año
Cómo actuó Rctv violando derechos fundamentales.
En primer lugar ellos no utlizaron sus estaciones como verdaderos laboratorios, para la modificación de la conducta humana, para que los usuarios y usuarias pasaran de una actitud pasiva a una activa de permanente confrontación, donde se asumiendo una percepción sesgada de la realidad, alienado sus conciencias.
Entre las razones que motivaron la no renoveción de la concesión a Rctv se cuantan:
* Violación de los derechos humanos.
*Pornografía
* Promoción del Golpe de estado.
* Desconocimiento del Gobierno y de la Institucionalidad Venezolana
* Apología del delito, entre otras.
En resumen no se le renovó la concesión porque hubo una acción combina y perfectamente planificada generadora de desinformación, de sesgo que buscaba programar la mente humana.
Si quiere conocer los detalles de este caso ponemos a su disposición el Libro Blanco de RCTV, donde podrá disipar todas y cada una de sus dudas acerca de lo no renovación de la concesión al canal de Bárcenas.
Baje aquí el Libro Blanco en PDF