sábado, 7 de enero de 2012

El control obrero y la lucha por la estatización contra la reaccionaria teoría de la “economía solidaria” - Parte III

Brasil: El control obrero y la lucha por la estatización contra la reaccionaria teoría de la “economía solidaria” - Parte III



“Economía Solidaria”: Cooperativas y Autogestión

En una época en que todos los gobernantes y muchos sindicalistas hablan de “Economía Solidaria”, la autogestión o la cooperativa, son apuntados como la solución para salvar los empleos. Sólo que esto no salva el empleo, y disgrega la lucha y las organizaciones de los trabajadores. Sólo la estatización da una verdadera perspectiva para los trabajadores en lucha.
La cooperativa es, fundamentalmente, un acuerdo entre los trabajadores que se apoderan judicialmente (en general, en pago de sus propios derechos laborales) de los medios de producción (máquinas, planta de la fabrica, herramientas, etc.) frente a la amenaza de cierre de una empresa, para pasar a producir. Ellos pasarán así a estar regidos por la legislación de las cooperativas. Esta legislación garantiza que no haya vínculos laborales entre el trabajador y la cooperativa y, por tanto, no hay obligaciones sociales y ningún derecho laboral.
La primera legislación brasileña que menciona a las cooperativas es de enero de 1903. El Decreto 799/03 permitió a los sindicatos la organización de cajas rurales de crédito y la formación de cooperativas agropecuarias y de consumo. Ya un nuevo Decreto, el Nº 22.239 en diciembre de 1932, fue la primera Ley Orgánica sobre cooperativas en Brasil. El 16 de diciembre de 1971, el dictador Emilio Garrastazún Médici promulgó la ley Nº 5.764, que define el régimen jurídico de las cooperativas, su constitución y funcionamiento, sistema de representación y órganos de apoyo, en vigor hasta hoy. Uno de los principales puntos de la legislación vigente es el que dice:
“El cooperativismo, que obedece a un régimen jurídico propio, está exento con relación a impuestos sobre la renta, de seguridad social y fiscales, que no inciden sobre las actividades de la sociedad cooperativa” (Maria Lucia Arruda, Coopark). 
La cooperativa es solo la principal forma de la denominada Autogestión. Existen otras. Por ejemplo, los trabajadores pueden asumir las acciones de la empresa transformándose en accionistas, propietarios, de la empresa. El obrero devendrá propietario. Al menos mientras dura la lucha de la empresa por mantenerse en el mercado capitalista, donde todos los días se agrava la situación de las empresas que se disputan un mercado, controlado y presionado por el capital financiero especulativo.
Las cooperativas más organizadas, si consiguen sobrevivir, llegan a separar parte de los intereses (cuyo nombre legal en las cooperativas es “sobras”) para pagar con bonos como si fuesen el aguinaldo, licencias, etc. Pero, la cuestión central para las cooperativas es la misma que pone en crisis a todas las empresas en el sistema capitalista.

No hay comentarios:

Publicar un comentario